Política

El PSOE de Boadilla se opone a las obras de ampliación del colegio Higlands por carecer de evaluación de impacto ambiental

1 de Octubre de 2019. 16:30 - PSOE Boadilla
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En el último Pleno del Ayuntamiento de Boadilla, celebrado el pasado viernes 20 de Septiembre, se procedió a la aprobación definitiva del "Estudio Detalle de las obras de ampliación del Colegio Highlands en el ámbito AH-33 Los Fresnos", con la única oposición del PSOE.

Desde el Grupo Municipal Socialista señalan que el motivo de su oposición se debe a “la carencia de la Evaluación de Impacto Ambiental Estratégica Ordinaria, o simplificada (EIA) y la nulidad de pleno derecho del procedimiento llevado a término”.

Según fuentes socialistas, en el expediente entregado a los grupos municipales para la aprobación definitiva del ""Estudio Detalle de las obras de ampliación del Colegio Highlands el EIA “no consta porque, sencillamente, no existe” pero sí consta en extracto “sendos informes de los Técnicos del Área de Medio Ambiente del propio Ayuntamiento - de fecha 9/11/17 y 17/09/18- conforme a los cuales hay que evaluar la afectación ambiental a la Zona Verde municipal, así como a la masa arbolada allí existente, por las obras de ampliación a realizar por el citado olegio con la solución elegida para la adecuación de la zona y mejora del tráfico” y añaden que “ igualmente, esos informes señalan la necesidad de resolver el acceso directo de los servicios del monte y la instalación de hidrantes contra incendios. Sin embargo, nada se ha hecho al respecto”.

Es por ello que los socialistas solicitarán “toda la información precisa del área de Medioambiente del Ayuntamiento, así como la declaración de EIA por el organismo competente respecto a dichas obras de ampliación del colegio que afectan a Zona Verde Municipal y masa arbolada, sin perjuicio de las responsabilidades judiciales en las que se pueda incurrir por el responsable de cualquier actuación que se pudiera producir en espacio natural protegido”.

Para finalizar desde el PSOE recuerdan que “tras Sentencia del Tribunal Constitucional 109/2017, todos los instrumentos de planeamiento urbanístico y sus modificaciones, incluidos los Estudios de Detalle, cuando menos deben someterse a Evaluación de Impacto Ambiental Estratégica Ordinaria, o simplificada ( EIA) para valorar el posible daño ambiental y adoptar las medidas correctoras necesarias”.

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