Política

Ayto: "El TSJM da la razón al Ayuntamiento en un recurso de apelación"

7 de Abril de 2008. 18:18 - Nota de Prensa Ayto Boadilla
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección tercera del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado una sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Madrid nº 9, tras el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Boadilla del Monte. La sentencia hace referencia al pago de los gastos de representación del alcalde derivados de juicios interpuestos por el ejercicio de sus funciones como cargo público. El TSJM entiende que estos gastos deben ser pagados por el Consistorio.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección tercera del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado una sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Madrid nº 9, tras el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Boadilla del Monte. La sentencia hace referencia al pago de los gastos de representación del alcalde derivados de juicios interpuestos por el ejercicio de sus funciones como cargo público. El TSJM entiende que estos gastos deben ser pagados por el Consistorio.

La demanda interpuesta por Ángel Galindo Álvarez está vinculado a un acuerdo de pleno relativo a las pagas extraordinarias de los trabajadores del Ayuntamiento de Boadilla entre los años 1998 y 2000.

La Sección de Enjuiciamiento Departamento 2 del Tribunal de Cuentas ya dio la razón al Ayuntamiento de Boadilla del Monte en relación con las pagas extras. En este punto, fue cuando el concejal demandante, Ángel Galindo Álvarez, presentó un segundo recurso alegando que debían ser los demandados, la anterior alcaldesa Nieves Fernández, que ocupaba este puesto entre los años 1998 y 1999, y el actual alcalde, que ya lo era desde el 2000, los que debían asumir como personas físicas el coste de la defensa.

En esta sentencia el TSJM señala que “Esta Sala no comparte que los gastos de representación y defensa del Sr. González no sean indemnizables por el Corporación Municipal conforme a los requisitos exigidos por la STS de 4 de febrero de 2002”.

“D. Arturo González Panero, en su condición de concejal de Hacienda y Alcalde-Presidente del referido Ayuntamiento, abonó al personal del Ayuntamiento el denominado complemento de paga extra en los años 1998, 1999, y 2000 en ejecución del acuerdo municipal y del Convenio Colectivo, por lo que es patente que el procedimiento de reintegro por alcance seguido ante la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas contra D. Arturo González Panero lo es en su condición de concejal delegado de Hacienda y Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, en una actividad administrativa llevada a cabo en ejecución de un acuerdo municipal”, expone.

Asimismo, añade que “se cumplen todos los requisitos para que los gastos de representación y defensa sean indemnizables por el Ayuntamiento de Boadilla del Monte”, por lo que concluyen procediendo a la anulación de la sentencia número 182 de 21 de mayo de 2007 dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 9 de Madrid, por no ser conforme a derecho y, en consecuencia, declara la conformidad a derecho del acuerdo administrativo impugnado.

Como ha denunciado en reiteradas ocasiones el equipo de gobierno “la estrategia de judicialización continua de la vida política que lleva a cabo Galindo tiene un alto coste económico para el Ayuntamiento. Durante la pasada legislatura los juicios interpuestos y perdidos por Ángel Galindo costaron 130.000 euros a las arcas municipales. “ han explicado.

El número de juicios interpuestos por Ángel Galindo contra el Ayuntamiento de Boadilla y perdidos asciende ya a 40.

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