Sanidad

Condenado a un Hospital privado de Pozuelo a indemnizar con 286.000 euros a un paciente indebidamente dado de alta

20 de Junio de 2019. 16:22
twitter facebook whastapp

Compartir:

El Juzgado de 1ª Instancia Nº 97 de Madrid ha dictado Sentencia, que ha sido tramitada por ‘El Defensor del Paciente’, mediante la cual se condena a un Centro Hospitalario privado de Pozuelo al pago de 286.000 Euros por haber dado de alta indebidamente a un paciente que estaba sufriendo una pancreatitis.


Con fecha 11 de junio de 2013, el paciente, de 42 años, fue sometido a una colangiopancreatografía retrógrada endoscópica en un Hospital de Pozuelo de Alarcón. En la noche del 11 al 12 de junio el paciente comenzó a tener vómitos y dolor abdominal, razón por la que se llevó a cabo una analítica cuyo resultado era compatible con una pancreatitis post-CPRE con leucocitosis. A las 12:50 horas del 13 de junio (pocas horas después del diagnóstico de pancreatitis), presentaba unos parámetros infecciosos e inflamatorios aún más elevados que el día anterior.

Sorprendentemente y ante la existencia de una pancreatitis diagnosticada el día 12 de junio y cuyos resultados analíticos habían empeorado, el 13 de junio se le dio el alta hospitalaria a su domicilio, sin controlar su evolución mediante pruebas de imagen abdominal, sin exploración de abdomen y sin el tratamiento adecuado para ello.
En su domicilio continuó la evolución desfavorable. Finalmente, en la madrugada del 13 al 14 de junio de 2013, Don S.L. ingresó en el Servicio de Urgencias
donde quedó hospitalizado con “Datos clínicos de SEPSIS”.

Con estos resultados y ante una situación de extrema gravedad se llevó a cabo una intervención quirúrgica con posterior ingreso en UCI con diagnóstico definitivo de Pancreatitis necrotizante postCPRE. A partir de ese día el paciente permaneció un mes y medio en coma inducido y un total de dos meses y medio en la UCI. Con fecha 8 de octubre de 2013 el paciente recibió el alta hospitalaria. A partir de ese momento tuvo lugar un largo proceso médico con diversas intervenciones médicas  relacionadas con los daños y secuelas ocasionadas por la deficiente actuación de los servicios sanitarios del Hospital implicado. Se le ha reconocido una incapacidad permanente absoluta a consecuencia de la mala praxis.

Según la Sentencia: “Se evidencia la existencia de una mala praxis médica por parte de los servicios médicos de la demandada que atendieron al actor que le ocasionaron unos daños y perjuicios por los que pretende ser indemnizado. Así la pancreatitis que surgió tras la intervención quirúrgica de CPRE hacía necesario extremar las precauciones tanto durante la intervención como en el postoperatorio posterior. En el supuesto enjuiciado, resulta que, a pesar de ser diagnosticada horas después de la operación, y de ser una afección con un riesgo de mortalidad del 50% en el caso de ser calificada como grave, el actor fue tratado únicamente con analgesia y al día siguiente 13 de junio fue dado de alta, pese a que no se adoptaron las medidas de control para descartar que la situación del paciente desaconsejase dicha alta. Así el médico que dio de alta al paciente, manifestó que previo al alta preguntó al paciente si se encontraba bien y le dijo que sí, por lo que entendió que podía abandonar el hospital, si bien reconoció que no recuerda si le exploró antes de darle el alta y que la analítica tenía los parámetros alterados”.

chat Comentarios
suscribirse

ó seleciona tus intereses

Los datos facilitados se utilizan para la prestación del servicio, igualmente serán añadidos al fichero informatizado responsabilidad de infomunicipios. No cederemos tus datos personales a terceros. Más información en Aviso Legal.
plan Planes entre vecinos
lluvia Días de lluvia
tablón Tablón inmobiliario

¡Suscríbete a nuestra newsletter para estar al día de todo!

logo