Educación y Cultura

UPyD analiza el pliego de condiciones de la adjudicación de la Escuela de Música de Boadilla

26 de Junio de 2012. 13:14 - Nota de Prensa UPyD Boadilla
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"En nuestra opinión, lo que este Pliego pretende, junto a los hechos acontecidos, es resolver los contratos temporales con los profesores y la contratación encubierta por la que el Ayuntamiento está siendo condenado, aparte del más que seguro negocio para el Adjudicatario. Para ello no repara en incrementar los ratios alumno/profesor o rebajar el nivel del profesorado a los 'exigidos por la reglamentación vigente'"
Ante el anunciado cambio de modelo de gestión de la Escuela de Música, el Grupo UPyD en Boadilla anunció su intención de emitir una valoración una vez conocido el Pliego de Condiciones que deberá cumplir la futura empresa adjudicataria.

"En nuestra opinión, lo que este Pliego pretende, junto a los hechos acontecidos, es resolver los contratos temporales con los profesores y la contratación encubierta por la que el Ayuntamiento está siendo condenado, aparte del más que seguro negocio para el Adjudicatario. Para ello no repara en incrementar los ratios alumno/profesor o rebajar el nivel del profesorado a los 'exigidos por la reglamentación vigente'. Para conocer sus consecuencias solo hay que mirar a otras escuelas que están funcionando bajo estas mismas premisas", indican desde UPyD.

El grupo magenta ha querido trasladar a los vecinos las conclusiones extraídas de su análisis, que reproducimos a continuación:

- Aumenta en 300 el número de plazas remuneradas y en 120 las no remuneradas (1230 y 484) para el próximo curso. También ¿aclara? los ratios profesor/alumno a aplicar: los legalmente establecidos.

- Remite para su regulación, en cuanto los términos de enseñanza, programas, medios y actividades a la LOE y a la Orden del 30/07/92 del MEC. El Reglamento adjunto es muy poco concreto y prácticamente deja abierta cualquier opción técnica.

- Personal: El Ayuntamiento aporta el Personal docente laboral en plantilla y paga sus gastos.

- También paga los gastos de mantenimiento y consumo del edificio (agua, luz, calefacción, limpieza, etc...) y aporta toda las existencias de material didáctico existente en la actualidad con la única contrapartida de su conservación dentro de un desgaste obvio.

- Son por cuenta del adjudicatario el resto del profesorado, el personal administrativo necesario, el teléfono y pequeños gastos para ejercer la actividad. No habla en absoluto del régimen laboral de estos empleados del adjudicatario; se limita a mencionar que deberán tener la titulación mínima exigida por la legislación vigente y que, textualmente, "el adjudicatario podrá contar con los servicios profesionales del profesorado con experiencia en la actual Escuela de Música" sin obligarle a más (como se ha estado aseverando por parte del Ayto). A posteriori, precisa la titulación mínima requerida: grado medio, plan 66 o grado superior LOGSE. Creemos que el Convenio a aplicar a estos profesores es el de “Enseñanzas Regladas Musicales” (con sueldos brutos que oscilan entre los 12.800 y 15.500 €/año).

- Respecto a los precios, solo precisa que serán los vigentes en cada momento y a nuestro juicio no garantiza que no vayan a incrementarse en el próximo curso.

- Uno de los puntos más problemáticos son los criterios de evaluación ya que, de un total de 100 puntos, la oferta económica solo pondera 35 puntos, siendo los criterios subjetivos (todos los demás) los de más peso: Llama la atención la gran importancia (26 puntos) que tiene el Criterio no valorable nº 4: “Programas Curriculares de las asignaturas del Anexo 1”.

- Cuadros económicos. Hemos realizado un análisis económico de la situación. Para ello hemos necesitado extrapolar muchos datos puesto que el Ayuntamiento no nos ha facilitado ninguno, pese a haberlo solicitado reiteradamente.

Analizamos y comparamos, solo en lo concerniente a la música, no a la danza, el coste de la Escuela para el Ayuntamiento en la situación actual y en la futura y los ingresos y gastos que tendrá el adjudicatario. La conclusión es que, a falta de conocer la puja a la baja de los licitantes, el gasto para el Ayuntamiento no mejorará sustancialmente, mientras que la expectativa de negocio para el adjudicatario puede superar el 57% de la cifra de facturación.

A partir de diversos indicios en este Pliego, también podemos asegurar que peligra la subsistencia de ciertas asignaturas poco rentables.

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